Está vigente el Reglamento Nacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas.


El decreto 560/03 que entró en vigencia el 14 de enero de 2004 al ser publicado en el diario oficial, fija el nuevo marco regulatorio para el transporte de mercancías peligrosas. 

En el mismo se establecen las condiciones que deberán cumplirse para transportar estas mercaderías en las rutas nacionales, así como su embalaje y estibaje e introduce  modificaciones respecto a este tema en el Reglamento Nacional de Circulación Vial aprobado por Decreto 118/984 de fecha 23 de marzo de 1984.

Se fijan también los requisitos que deberán cumplir las unidades de transporte, los conductores y el personal de acompañamiento.

A partir de la fecha, para transportar mercaderías peligrosas los conductores deberán poseer un certificado de formación profesional expedido por una entidad habilitada.

Para acceder a este certificado deberán aprobar un curso de capacitación al respecto. La ITPC  brinda a través de sus gremiales asociadas la posibilidad de acceder a este curso dictado en la sede de CATIDU.

El próximo curso se dictará entre el 12 y 14 de febrero de 2004 en el horario de 8 a 18 horas.

Por otra parte la nueva reglamentación fija las responsabilidades de los intervinientes en las operaciones (fabricante, importador, consignatario, transportista, etc.), así como la documentación y señalización con que debe acompañarse la carga.

Por mas información ver decreto 560/03 en la sección marco reglamentario y el Reglamento Nacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.


ITPC.